ARTÍCULO VI: LOS DIRECTIVOS DE LA SOCIEDAD
Sección 1: Se crean las posiciones electivas de Presidente, Vicepresidentes, Secretario, Tesorero, y Secretario General.
Cada uno deberá ser miembro de la Sociedad en el momento de su propuesta y elección, y durante el período de tiempo de su cargo. El Presidente Electo reemplazará al Presidente cuando éste complete su período.
Sección 2: Tiempo de incumbencia. Ningún miembro podrá ser reelecto en el mismo cargo, en dos periodos consecutivos. Los cargos de Presidente y Secretario General, no podrá ser ocupado nuevamente por la misma persona en ningún caso.
Sección 3: Vacantes. De ocurrir una vacante en cualquiera de las posiciones ejecutivas, ésta podrá ser sustituida por acción y designación del Consejo Directivo en la próxima reunión del Directorio.
Sección 4: Presidente. El Presidente será el oficial ejecutivo principal de la Sociedad. Su procedencia será alternadamente Norte y Sur. A estos efectos, se considerará Sur, todos los países de Sudamérica, salvo los que tienen costa con el Caribe, y Norte el resto, incluyendo México, América Central y los países del Caribe.
Estará sujeto a las direcciones del Consejo Directivo y de la Asamblea; realizará ejercicio directo y tomará cargo de la supervisión general de las actividades y negocios de la Sociedad, además de las tareas adicionales que le sean asignadas por el Consejo.
Sección 5: Vicepresidentes. Cada Vicepresidente utilizará y ejercerá los poderes que le sean conferidos o asignados por el Consejo o por el Presidente. Uno de ellos será designado para sustituir al Presidente en caso de ausencia o renuncia.
Sección 6: El Secretario. El Secretario mantendrá las actas de todas las reuniones del Consejo; recibirá y contestará correspondencia y comunicaciones; mantendrá vigente y activo el reglamento; mantendrá, conjuntamente con el Secretario General, los expedientes y el listado de los miembros de la Sociedad, incluyendo la composición de los diversos comités. Mantendrá copia de los contratos, asignaciones y todos los documentos legales de la Sociedad.
Sección 7: Tesorero. El Tesorero será el responsable fiscal de todos los fondos, seguros, recibos, y pagos de la Sociedad. Depositará o causará que sea depositado en el nombre de la Sociedad todos los dineros y valores recibidos, en los bancos, compañías, y otros que sean seleccionados en conjunto con el Secretario General y con la aprobación de la Junta Directiva. Presentará un informe a la misma y al Presidente, en forma periódica y cuando le sea requerido. Someterá estados financieros, certificados por auditores externos para cada una de las reuniones regulares de la Directiva.
Sección 8: Secretario General. El Secretario General será responsable de mantener el archivo de todos los documentos históricos de la Sociedad, sus Directorios, publicaciones, sello oficial, Constitución y contratos. Generará reuniones, comunicaciones, votaciones, cuentas, conjuntamente con el Secretario y el Tesorero.
Sección 9: Historiador. La posición de Historiador es creada para preservar como narrativo la historia del desarrollo de la Sociedad de Trasplante de América Latina y el Caribe, y la de las dos sociedades que la precedieron: La Sociedad Latinoamericana de Trasplante y la Sociedad Panamericana de Diálisis y Trasplante. Utilizará las fuentes históricas necesarias para llevar a cabo sus funciones.
Su designación será propuesta por el Presidente y refrendada por la Comisión Directiva.