ARTÍCULO II: DE LOS PROPÓSITOS
Sección 1: La STALyC se crea con la misión principal de unificar la región Latinoamericana y del Caribe con fines educativos, prácticos y de investigación en todo lo que se refiera al trasplante de órganos, tejidos y células. Para ello agrupará a todos los profesionales que desarrollen sus actividades en cualquier área relacionada a dicha actividad, y que hayan contribuido con su trabajo a la mejora del conocimiento o de la práctica de la procuración y trasplante.
Sección 2: Objetivos y metas: La STALyC tendrá los siguientes objetivos y metas adicionales:
- Contribuir a la difusión y perfeccionamiento de los conocimientos relativos al trasplante de órganos, tejidos y células, a través de congresos, simposios, reuniones, publicaciones, otorgamiento de becas, etc.
- Lograr la representación democrática de todos los países latinoamericanos y del Caribe.
- Ayudar al desarrollo de nuevos programas de trasplante en los diferentes países que lo requieran.
- Propender a optimizar los resultados en toda la región, identificando factores de éxito dentro de los diferentes ambientes nacionales.
- Promover normas éticas en trasplante en todos los países.
- Promover en cada país la creación de leyes que sigan los principios universales de una práctica clínica, educativa y de investigación, que sea ética y excelente en trasplante.
- Facilitar la formación de grupos de investigación para estudios colaborativos internacionales.
- Compartir educación e investigación entre diversos centros o países.
- Desarrollar guías que permitan compartir órganos y tejidos para trasplante.
- Difundir la información sobre la actividad de trasplante en nuestra región en los diversos organismos regionales y mundiales, con énfasis en la publicación de la información en la literatura mundial.
- Mantener el Registro Latinoamericano de Trasplante, promoviendo la participación de todos los países en su alimentación y análisis. Estimular además su desarrollo, incluyendo periódicamente información adicional, incluyendo, aunque no limitado a, registros actualizados de leyes, programas de educación y entrenamiento, directorio, registros de patología renal y tumoral, embarazos, proyectos, publicaciones y libros de trasplante, e intercambio de datos con registros de trasplantes de otras partes del mundo.
- Creación de una Secretaría General con el propósito primordial de mantener documentos históricos de las dos sociedades constituyentes y de la nueva Sociedad, al igual que documentos históricos de importancia sobre trasplante en la región de América Latina, Directorio actualizado, y de los depósitos financieros de la Sociedad con el aval y permiso de Tesorero y Presidente de la Sociedad y cualquier otra actividad que se le asigne.
Sección 3: La Sociedad colaborará con organizaciones públicas y privadas para promover la educación y la investigación en trasplantes, y participará y asistirá en la coordinación y esfuerzos y en la formulación de programas para beneficio de los pacientes de trasplante.
Sección 4: La Sociedad podrá recibir, usar, mantener y aplicar fondos, regalos, donativos, y todos los dineros recobrados de los propósitos arriba descritos.
Sección 5: Si hubiera disolución de la Sociedad, el Directorio podrá, después de pagar todas las deudas de la Sociedad, disponer de sus bienes de la manera que entienda que es legal y éticamente apropiada, legando los bienes a sus ciudades u organizaciones que se dediquen exclusivamente a caridad, educación, o ciencia.